Se reactiva aforo del 100% en cementerios de Bogotá

La Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos- UAESP, anunció que a partir del primero de diciembre de 2021, se reactiva el acceso general a los cementerios distritales con un aforo de hasta el 100%, siempre y cuando sean de obligatorio cumplimiento los protocolos de bioseguridad, adoptados por el Ministerio de Salud y Protección Social, y demás instrucciones impartidas por la Secretaría Distrital de Salud.

Los cementerios deberán exigir, especialmente, el uso adecuado del tapabocas, lavado y/o desinfección de manos y el distanciamiento físico de al menos un (1) metro, evitando en todo caso cualquier tipo de aglomeración.

Así mismo, los cementerios de propiedad del Distrito, a través del Concesionario Jardines de Luz y Paz S.A.S, continúan garantizando la prestación de servicios funerarios de manera permanente, con atención a los protocolos de bioseguridad y la disponibilidad del equipamiento de cremación en su totalidad.

El ingreso de usuarios y visitantes a los cementerios propiedad del Distrito será así:

Cementerio Central: Portería de la Carrera 20, Calle 24 y Avenida Calle 26. Cementerio Norte: portería de la Carrera 30.

Cementerio Sur: Portería de la Carrera 27.

Cementerio Serafín: Portería Av. Calle 71 sur. Nota:

El Cementerio del Norte: Tendrá ingreso por la puerta de la Calle 68.

Recomendaciones para los usuarios:

1.- El Concesionario realizará estricto control de acceso a través del personal de vigilancia y seguridad y el apoyo de la Policía Nacional y Gestores de Convivencia cuando sea necesario, sin perjuicio de nuevas medidas por el incumplimiento de protocolos de bioseguridad o comportamientos contrarios a la convivencia por parte de usuarios y/o visitantes.

2.- Para garantizar una adecuada movilidad de usuarios y visitantes al interior de los cementerios, la permanencia en estos lugares deberá ser de máximo una hora.

3.- Los usuarios y acompañantes de los servicios de destino final de inhumación, cremación, exhumación y servicios religiosos deberán garantizar el cumplimiento de las medidas de bioseguridad, como el uso obligatorio del tapabocas y el distanciamiento social.

4.- El ingreso a la sala de reconocimiento en el proceso de exhumación solo está autorizado para una persona.

5.- Se recuerda que los servicios por fallecimientos COVID, no tienen permitido el acompañamiento a salas de recepción de servicios.

Se solicita a los usuarios y visitantes hacer uso razonable del tiempo y evacuar las instalaciones de los cementerios al terminar sus servicios y/o trámites.

El personal de seguridad tiene la obligación de realizar el control de acceso a las instalaciones de los cementerios, para lo cual hará inspección de bolsos y cualquier tipo de paquete.

Los usuarios y visitantes deben acatar los protocolos de seguridad establecidos, en caso de no cumplir con estos se procederá a informar a las autoridades competentes, para la imposición de sanciones y multas establecidas en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, así como las demás sanciones a que haya lugar.

Es responsabilidad de todos tomar las medidas necesarias de cuidado y autocuidado para minimizar cualquier riesgo de contagio y trasmisión de COVID-19.

Siendo los cementerios propiedad de Distrito espacios simbólicos de memoria social y colectiva, antes que de esparcimiento o recreativos, está prohibido el ingreso de personas en estado de alicoramiento o bajo efectos de sustancias alucinógenas y cualquier otro comportamiento que se enmarque en las prohibiciones de que trata el Decreto 367 de 1995, reglamento para la concesión de los cementerios, por lo que se invita a los usuarios y visitantes y a la ciudadanía en general, a hacer un uso responsable y adecuado de los Cementerios Distritales.