Abrir un salón de belleza en Bogotá no solo exige talento, sino también responsabilidad sanitaria. Conoce los requisitos clave para operar de forma legal y segura según las autoridades de salud.

Si estás pensando en montar una peluquería, barbería o centro de estética en Bogotá, debes saber que la creatividad y la habilidad no son suficientes. Para prestar servicios como corte de cabello, depilación, manicure o maquillaje facial, necesitas cumplir con una normativa sanitaria específica que protege tanto a trabajadores como a clientes.

La Secretaría Distrital de Salud establece condiciones claras para asegurar la bioseguridad, la higiene y el correcto manejo de insumos en este tipo de establecimientos, enmarcados dentro del concepto de “estética/cosmética ornamental”, regulado por normas como la Resolución 2117 de 2010, Resolución 2827 de 2006, Ley 9 de 1979 y otras disposiciones legales nacionales e internacionales.

✅ Servicios que puedes ofrecer legalmente

Entre los procedimientos permitidos se encuentran:

Requisitos que debes cumplir para abrir tu salón de belleza

1. Documentación obligatoria en el establecimiento

2. Condiciones físicas del local

3. Bioseguridad: tu prioridad

Según la Resolución 2827 de 2006:

4. Productos autorizados por Invima

Todos los cosméticos y productos utilizados deben contar con notificación sanitaria obligatoria del Invima, además de cumplir con las condiciones de almacenamiento y aplicación indicadas en su empaque.

Cumplir la normativa es sinónimo de confianza e ingresos

Más allá de la legalidad, cumplir estos requisitos incrementa la seguridad y satisfacción de los clientes, lo que se traduce en mayor reputación y rentabilidad para tu negocio. Para más información, consulta el portal de salud ambiental de Bogotá: saludambiental.saludcapital.gov.co.