El Distrito viene adelantando varias acciones encaminadas al cuidado y la protección de los animales, de ahí que la alcaldesa Claudia López celebrara que los bogotanos dueños de mascotas madrugaran a hacer la fila para acceder a los servicios veterinarios que ofrece el Instituto Distrital de Bienestar y Protección Animal.
Pero, aunque toda esta batería de ofertas institucionales es clave para generar conciencia frente al cuidado de los animales, es bien sabido que las multas son mucho más efectivas a la hora de evitar maltratos.
Sanciones y multas por maltrato animal
La ley 1774 de 2016 establece que la protección de los animales es responsabilidad del Estado y la sociedad, de tal forma que los actos dañinos y de crueldad en contra de los animales, que no causen la muerte o lesiones que afecten de manera grave su salud o integridad física serán sancionados con multas de 5 a 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
En caso de que se cometan delitos contra la vida e integridad física y emocional de los animales, sean de compañía, silvestres, vertebrados o exóticos, entre otros, y que se les cause muerte o lesiones de salud graves, la pena será de prisión entre los 12 y 36 meses e inhabilidad especial de 1 a 3 años para poder ejercer la profesión, oficio, comercio o tenencia que tenga relación con animales, además de multas de 5 a 60 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Las penas de prisión aumentarían a la mitad o a tres cuartas partes de la condena inicial, si se cometen conductas con sevicia en contra de animales; cuando una o varias de las conductas de maltrato se lleven a cabo en la vía o en sitios públicos; si para maltratar se valen de menores de edad o si el hecho se realiza en presencia de ellos; cuando se cometan actos sexuales con los animales; cuando el delito de maltrato animal lo cometiera un servidor público o quien ejerza funciones públicas y eventualmente, se puede incluir el decomiso del animal y los gastos que estos generen con el fin de garantizar su protección.
Denuncia el maltrato animal
El Distrito recuerda a la ciudadanía que si conocen de un posible caso de abuso o maltrato animal, pueden denunciarlo a través de la Línea 123 y el Escuadrón Anticrueldad del Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal asistirá el caso.
Este equipo hace la verificación correspondiente y si efectivamente el animal ha sido maltratado, se hace la aprehensión del animal y lo trasladan a la sede del Instituto. También se podrá denunciar a través del registro en la página web del Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal.
Lo contemplado en la ley
“Los animales son seres que sienten, no son cosas y recibirán especial protección contra el sufrimiento y el dolor, en especial, el causado directa o indirectamente por los humanos“, así lo declara la Ley 1774 del 6 de enero de 2016.
Esta ley tipifica como merecedoras de castigo, pena o sanción, ante conductas relacionadas con el maltrato a los animales y establece un procedimiento sancionatorio de tipo policivo y judicial, basadas en las siguientes premisas:
Los animales son seres vivos y el trato hacía ellos debe basarse en el respeto, la solidaridad, la compasión, la ética, la justicia, el cuidado, la prevención del sufrimiento, la erradicación del cautiverio y el abandono.
Evitar cualquier forma de abuso, maltrato, violencia y trato cruel también es parte de la protección que debes brindarle a tus animales de compañía o a cualquier otro que veas o te encuentres en tu entorno.
En cuanto al cuidado de los animales, la persona responsable o tenedor de ellos debe asegurarse como mínimo de que el animal no sufra hambre ni sed; que no sufra de manera injustificada malestar físico o dolor y que no le sean provocadas enfermedades por descuido o negligencia.
No someterlos a condiciones de miedo o estrés y dejarlos comportarse de manera natural, son parte de los aspectos que debe tener en cuenta una persona interesada en hacerse responsable de un animal.
La sociedad, el Estado y todos sus miembros, también tienen la obligación de proteger a los animales con acciones diligentes ante las situaciones que pongan en peligro la vida de estos seres, su salud o integridad física.
Febrero 21 de 2020