CAR aprieta a INDEGA: sin prórroga en tres manantiales y recorte del caudal en La Calera

La autoridad ambiental negó el uso de tres fuentes hídricas, redujo en 42 % el volumen de captación y limitó a cinco años la concesión restante. La embotelladora deberá cumplir nuevas y estrictas obligaciones ambientales.

La Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) endureció las condiciones de la concesión de agua a la empresa Industria Nacional de Gaseosas S.A.S. (INDEGA) en el municipio de La Calera. Mediante la Resolución 347 de 2026, la entidad negó la prórroga para el uso de tres de los siete manantiales explotados por la compañía y redujo de 3,23 a 1,9 litros por segundo el caudal autorizado en los cuatro restantes.

La decisión, sustentada en un análisis técnico y jurídico que incluyó modelaciones hidrológicas y escenarios de variabilidad climática, también recortó de 10 a 5 años la vigencia de los permisos. Al término de este periodo, la CAR evaluará si procede o no una nueva prórroga, dependiendo de la disponibilidad hídrica.

Menos agua y mayor control

Con la medida, INDEGA no podrá continuar la captación en los manantiales 5, 6 y 7, ubicados en el predio Los Cerritos, en la vereda Santa Elena. En contraste, la autoridad autorizó el uso de los manantiales 1, 2, 3 y 4 del predio San José, aunque con una reducción del 42 % en el volumen de extracción.

Alfred Ignacio Ballesteros

El director de la CAR, Alfred Ignacio Ballesteros, explicó que la decisión es resultado de más de un año de evaluación, que incluyó solicitudes de la comunidad, autoridades locales, organizaciones civiles y órganos de control.

“Hemos basado esta determinación en datos técnicos, modelos de balance hídrico y escenarios climáticos, garantizando además la participación ciudadana, incluso mediante audiencia pública”, señaló el funcionario.

Nuevas exigencias ambientales

La prórroga parcial otorgada a INDEGA llega acompañada de un paquete de obligaciones de cumplimiento inmediato y bajo estricta supervisión:

  • Monitoreo en tiempo real: instalación de sistemas de medición del caudal captado, conectados a la red de la CAR mediante telemetría.
  • Plan de compensación ambiental: ajustado a la Resolución 284 de 2025, más exigente que la normativa anterior.
  • Protección de ecosistemas: adquisición de 53,4 hectáreas en páramos y zonas altoandinas para conservación y restauración con especies nativas.
  • Abastecimiento alternativo: desarrollo de soluciones hidráulicas para el acueducto municipal, usando fuentes no prorrogadas.
  • Participación comunitaria: programas de educación ambiental, monitoreo de fauna con cámaras trampa y acciones de conservación en la microcuenca San Lorenzo.

Riesgo climático y suspensión inmediata

La CAR advirtió que, ante eventos como sequías, contaminación o desastres naturales que afecten la disponibilidad de agua, la empresa deberá suspender de inmediato la captación en los manantiales autorizados, conforme al Decreto 1076 de 2015.

Asimismo, INDEGA tendrá que reportar anualmente los volúmenes de agua utilizados, con el fin de calcular la Tasa por Utilización de Agua, según la normativa del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Decisión con enfoque preventivo

La autoridad ambiental subrayó que la resolución se fundamenta en los principios de prevención y corresponsabilidad frente a los efectos del cambio climático sobre la oferta hídrica en La Calera, marcando un precedente en el control a la explotación de recursos subterráneos en la región.