El Día sin carro y sin moto en Bogotá se adelantará este jueves 21 de septiembre, desde de 5:00 a.m. a 9:00 p.m. Este día los bogotanos podrán desplazarse a pie, en bicicleta, patineta o transporte público y medios de transporte sostenibles.
Según la Alcaldía Mayor de Bogotá estará disponible el 100 % de la flota de transporte masivo, TransMilenio, desde las cuatro de la mañana, así como también los aproximadamente 39 mil taxis de la ciudad.
De acuerdo con ‘Movilidad Bogotá’ se espera que en el Día sin carro y sin moto en Bogotá se logre reducir un 57 % de las emisiones de dióxido de carbono, haya una mejora en las velocidades de los vehículos un 23 %, mejore la calidad del aire, y crear una transformación cultural para una movilidad sostenible.
Esta fecha se cumplirá tomando como base el Día Mundial sin automóvil, la cual se celebra el 22 de septiembre.
Estos vehículos pueden circular durante el Día sin carro y sin moto:
– Transporte público
– Transporte para personas con discapacidad
– Vehículos eléctricos o cero emisiones, incluyendo motocicletas
– Rutas escolares
– Motocicletas de vigilancia y seguridad privada
– Vehículos de emergencia
– Vehículos con capacidad de más de 10 pasajeros
– Servicio públicos domiciliarios
– Motocicletas vinculadas a empresas, plataformas tecnológicas y/o establecimientos de comercio, que prestan el servicio de mensajería y/o domicilio
– Transporte de valores
– Carrozas fúnebres
– Destinado al control de tráfico
– Caravana presidencial
– Vehículos Militares, de Policía Nacional, de Organismos de Seguridad del Estado y CTI seccional Bogotá
– Vehículos para el servicio diplomático o consular
– Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección
– Vehículos destinados para el control operacional y mantenimiento del SITP
– Control de emisiones
Vehículos que no pueden circular durante el Día sin carro y sin moto en Bogotá:
– Carros y motos
– Taxis con pico y placa (placas terminadas en 9 y 0)
– Vehículos híbridos
– Vehículos dedicados a gas
– Vehículos blindados que no son de la UNP
– Vehículos de carga con restricciones establecidas (Decretos 840 de 2019 y 077 de 2020)
– Vehículos con permiso de pico y placa solidario
– Vehículos de medios de comunicación con placa amarilla