Corte Constitucional: “Gobierno Duque incumplió con reconstrucción de San Andrés”

La Corte Constitucional dio a conocer que el proceso de reconstrucción integral de las islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina no ha terminado, y está lejos de estarlo, por lo que señaló que es necesario adoptar varias soluciones judiciales con el fin de garantizar el núcleo esencial de los derechos fundamentales a la vivienda digna, salud, agua potable y saneamiento básico del pueblo raizal.

El alto tribunal, resaltó que además se debe asegurar que la reconstrucción del territorio sea acorde a la identidad cultural y fortalecer la resiliencia de las islas ante los efectos del cambio climático.

La Sala de Revisión, con ponencia de la magistrada Cristina Pardo Schlesinger, encontró que, si bien el Gobierno Nacional ha avanzado en la reconstrucción y rehabilitación integral de las islas, este proceso no ha terminado y ha estado marcado por un enfoque ágil, unilateral y arbitrario en el que se desconocieron las necesidades básicas del pueblo raizal y no se garantizaron plenamente sus derechos fundamentales.

De otro lado, la Corte Constitucional comprobó que el Gobierno de Iván Duque incumplió los acuerdos sobre las características básicas que debían tener las nuevas viviendas, lo que llevó a que se entregaran casas incompletas e incapaces de proteger a sus habitantes ante un nuevo huracán, sin cisternas para almacenar las aguas lluvias y con graves defectos en los sistemas individuales de saneamiento básico. Así mismo, se demostró que los terrenos utilizados durante la emergencia para el acopio temporal de escombros se han convertido actualmente en botaderos de basura permanentes, sin el cumplimiento de normas técnicas, que ponen en riesgo la salud pública y el ambiente sano del pueblo raizal.

Así mismo constataron que las autoridades encargadas de la reconstrucción negaron al pueblo raizal el derecho fundamental a la consulta previa, lo cual derivó en una completa desconexión y falta de diálogo entre el Gobierno y los habitantes de Providencia y Santa Catalina, que se evidenció, entre otras cosas, en el incumplimiento de los acuerdos sobre las características mínimas que debían tener las nuevas viviendas.

Por esto, fue que la Corte Constitucional profirió varias órdenes entre esas; darle 30 días a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres y a la Alcaldía de Providencia y Santa Catalina para que intervengan el hospital de campaña, con el fin de garantizar a la población raizal las condiciones mínimas de disponibilidad, aceptabilidad, accesibilidad y calidad en la prestación del servicio de salud, además tendrán 90 días para el cierre definitivo de los terrenos que han sido utilizados durante la emergencia para el acopio temporal de escombros, basuras y residuos orgánicos.

Por otro lado, la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, el Ministerio de Vivienda y la Alcaldía de Providencia y Santa Catalina tendrán 45 días para garantizar a los habitantes el abastecimiento diario de mínimo 65 litros de agua potable para su consumo personal y doméstico, además de que solucionen de manera definitiva el vertimiento de aguas negras domésticas al ambiente y tendrán 15 días para convocar a la comunidad raizal, con el fin de adelantar un proceso de consulta sobre el proceso de reconstrucción integral de las islas de Providencia y Santa Catalina.

La Defensoría del Pueblo y la Procuraduría General de la Nación deberán vigilar, apoyar y acompañar el pleno cumplimiento de lo determinado en este fallo.