Fallo del Consejo de Estado ordena delimitar las zonas de protección del humedal La Conejera

Humedal La Conejera

En un fallo sorpresivo el Consejo de Estado ordenó a las secretarías distritales de Planeación y de Ambiente de Bogotá, así como a la Alcaldía de Suba, delimitar las zonas de protección del humedal La Conejera.

La medida busca evitar la concesión de licencias de construcción que interfieran con áreas ecológicas protegidas. Además, ordena a las diferentes autoridades implementar actividades pedagógicas y de vigilancia para fomentar el compromiso de la comunidad y otras instituciones en la conservación de este importante ecosistema.

“ORDENAR al Distrito Capital de Bogotá – Secretaría de Planeación – Secretaría de Ambiente – Alcaldía Local de Suba para que, en caso de que no lo hayan hecho, en los términos del Plan de Ordenamiento Territorial, delimiten las zonas de protección del Humedal La Conejera con el propósito de que las autoridades encargadas de expedir Licencias de Construcción”, señala uno de los apartes del documento.

El tribunal además ordenó que los permisos para construcción deben ser emitidos “con base en instrumentos legales idóneos y únicos, de manera que no exista superposición de áreas a partir de planos adoptados por autoridades diferentes”.

Humedal La Conejera

La decisión se deriva de una acción popular que buscaba salvaguardar derechos e intereses colectivos relacionados con el uso del espacio público y la garantía de un ambiente sano.

Según el fallo, estos derechos fueron vulnerados por la concesión de una licencia ambiental a una constructora para un proyecto urbanístico, que se superponía en parte con la zona protegida del humedal.

El Consejo de Estado ratificó la resolución del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que había otorgado el amparo y reconoció la existencia de violaciones a los derechos colectivos mencionados.

Los magistrados reconocieron que la administración había tomado algunas medidas para proteger el humedal, tales como la creación de un plan de manejo ambiental y la regulación del uso del suelo en el área, pero también determinó que persistieron omisiones que llevaron a la vulneración de los derechos.

En el documento se resalta que los exámenes periciales presentados en el caso evidenciaron que la ejecución de la licencia ambiental otorgada tendría un impacto negativo significativo sobre la conservación del humedal, e identificaron riesgos de contaminación sonora y deterioro del hábitat de diversas especies de aves y otros organismos que dependen de este ecosistema.

El fallo subraya que la zona en cuestión está catalogada en el plan de ordenamiento territorial (POT) como parte del parque ecológico distrital de humedales, lo que la convierte en un área protegida.

El Consejo de Estado destacó que la Secretaría Distrital de Planeación tenía la responsabilidad de actuar para prevenir que la licencia de construcción tuviera efectos legales, responsabilidad que no fue cumplida.

Finalmente, el tribunal reafirmó la necesidad de proteger el humedal La Conejera en consonancia con normas internacionales y nacionales vigentes, enfatizando su importancia como hábitat de aves acuáticas y como componente clave en la biodiversidad y el equilibrio de los ecosistemas de la región.