El magistrado Eduardo Cifuentes, presidente de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), participó entre el 4 y el 6 de noviembre en Barcelona, España, en las Jornadas sobre Colombia y los cinco años después de la firma del Acuerdo de Paz, convocadas por Taula Colombia, plataforma catalana que promueve los Derechos Humanos y la Paz en Colombia.
Durante el evento, el magistrado Cifuentes hizo una excelente intervención sobre la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), componente de justicia del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición, mecanismo de justicia transicional por medio del cual se investiga y juzga a los integrantes de las FARC-EP, miembros de la Fuerza Pública y terceros que hayan participado en el Conflicto armado interno en Colombia.
La siguiente fue la intervención del magistrado Eduardo Cifuentes:
“Buenas tardes, es muy grato para mí estar con ustedes y le agradezco a la Taula. En los primeros años de este siglo estuve en una de las primeras aulas y realmente seguimos tratando temas tristes, escabrosos, pero pues ha sido infortunadamente el destino del país.
La Jurisdicción Especial para la Paz, como ustedes bien lo saben, concreta la aspiración de este Acuerdo de Paz, que sea un acuerdo para una paz estable y duradera, pero no para una paz con impunidad. Por eso se le otorgó a la JEP esa misión de luchar contra la impunidad y de investigar, juzgar y sancionar a los máximos responsables por las graves atrocidades cometidas en el conflicto, siendo los sujetos que obligatoriamente deben someterse a esta Jurisdicción los excombatientes de las Farc-EP, los militares, los terceros que acepte voluntariamente la Jurisdicción y que también están involucrados en esos delitos, como también los agentes del Estado no pertenecientes de la fuerza pública. En este último caso, así mismo, si lo aceptan voluntariamente.
De suerte que son dos los sujetos que obligatoriamente deben ser investigados juzgados y sancionados por la JEP, que son los militares y la fuerza pública. Este mecanismo como componente de Justicia tiene elementos muy novedosos a la luz del derecho comparado y de la experiencia que se ha cimentado en diversos conflictos armados no internacionales y en distintos países.
Es una justicia que tiene una cara retributiva, una cara de derecho penal duro, que obliga a imponer sanciones privativas de la libertad, sanciones de prisión hasta de 20 años a aquellos que no reconocen voluntariamente haber incurrido en estos delitos, no aportan verdad, y que su presunción de inocencia es objeto de destrucción a lo largo de un proceso penal clásico (son 20 años de prisión, es una justicia eminentemente retributiva).
Pero tiene otra cara, que es la puerta de entrada a la Jurisdicción, que es el procedimiento no adversarial para aquellos máximos responsables que ciertamente admitan responsabilidad, exponen de manera exhaustiva la verdad y entran, por consiguiente, en un procedimiento que también es de reparación, que es de reconciliación.
En este caso, la sanción es igualmente negativa porque se trata de una conducta penal, una conducta que viola los cánones y los estándares éticos de comportamiento de la humanidad en conflictos armados no internacionales, y por ello, hay una sanción, pero estas sanciones son a la vez retributivas, como quiera que representa una restricción a la libertad, pero no intra mural, y, de otra parte, tiene un componente restaurativo que es la reparación para las víctimas.
Ahora, buena parte de los ex combatientes de las Farc-EP que no incurrieron en conductas graves como las propias de un conflicto armado interno, en el sentido de que sean delitos semejantes a aquellos que juzga la Corte Penal Internacional, son objeto de amnistía e indulto y también, simétricamente, militares que no hayan incurrido en delitos graves también pueden recibir como beneficio la renuncia de la acción penal, pero los delitos graves, esos delitos son el núcleo central de la misión de juzgamiento y de investigación por parte de la JEP.
También esta es una justicia que no solamente combina este elemento retributivo y el elemento de reparación o restaurativo, sino que mira el tiempo de dos maneras: el tiempo pasado lo mira para recuperarlo y para traducirlo en hechos que se califican como crímenes de guerra, para calificarlo así delante de las víctimas con su participación activa, que son el corazón de este sistema de Justicia. Se hace también a fin de que las personas, los perpetradores tengan una oportunidad, primero de reconciliarse consigo mismas y también de reconciliarse con la sociedad y sus víctimas, y mira hacia el futuro, porque es una justicia prospectiva.
Las medidas de reparación y, particularmente, la no repetición se entiende tanto en términos individuales, o sea el del perpetrador como tal, pero también en términos colectivos, y esta justicia tiene la capacidad de imponer medidas con el objeto de que la de no repetición sea una realidad individual y colectiva. Para esos efectos las sentencias de la Jurisdicción Especial para la Paz serán sentencias estructurales.
Nosotros vamos a determinar qué ocurrió antes de la atrocidad, que ocurrió en el momento en que ella se desplegaba por parte de los victimarios, y cuál es la situación actual, con el objeto de determinar si el Estado colombiano también ha cumplido las medidas reales y materiales que se derivan del Acuerdo de Paz. En otras palabras, sin una reforma rural integral, sin derechos económicos sociales y culturales, sin resolver un problema de drogas en Colombia, con un campesinado extinto, vamos a reproducir de manera invariable la situación de guerra y de conflicto. Por eso, las sentencias serán estructurales. No pensamos, en modo alguno, reemplazar a la administración pública, pero sí como lo ha hecho la Corte Constitucional en sentencias estructurales, determinar qué aspectos deben cumplirse si no se han cumplido y vigilar que todas estas medidas se adopten.
Los casos de la JEP también han llevado a una suerte de revolución metodológica en esta Jurisdicción porque son macro victimizaciones, porque estamos frente a delitos sistémicos. Por ende, tenemos que capturar los patrones de criminalidad y apuntar a máximos responsables y no podemos juzgar caso por caso. Para esos efectos, esta Jurisdicción, que ha sido además objeto de permanentes ataques, que es el epicentro de ataques sistemáticos por parte del Gobierno de turno, de todas maneras, ha podido salir adelante.
Entre los ataques, quiero simplemente mencionarles que, instalada la Jurisdicción en el año 2018, su Ley Estatutaria, o mejor, la Ley Orgánica que determina competencias de sus órganos internos, que son órganos de Justicia sus funciones y sus procedimientos, fue objeto de veto por parte del presidente de la República. Por eso, durante mucho tiempo no pudo actuar judicialmente, estuvimos prácticamente paralizados un año y medio (estamos hablando del 2018). Sin embargo, el celo de las magistradas y los magistrados hizo que continuáramos nosotros acopiando toda la información, también teniendo pruebas, recibiendo las versiones y eso ha permitido que los primeros 7 macro casos hayan avanzado.
¿Cuáles son esos macro casos? Tenemos macro casos que examinan esta criminalidad de sistema, tanto temática como territorialmente, en el caso de Nariño, Cauca, Valle del Cauca y Urabá. Otros son también territoriales, pero con un mayor acento temático, es el exterminio de la Unión Patriótica, el reclutamiento y utilización de niños y niñas en el conflicto, los secuestros de las FARC, y los infaustamente conocidos en Colombia como ‘falsos positivos’, o sea ejecuciones extrajudiciales.
Todos los casos avanzan y estamos en la fase no adversarial. Esta es una fase muy interesante desde el punto de vista de la dogmática penal moderna en cuanto que el juez se convierte en un instrumento central de un diálogo que se sostiene entre los que aportan verdad como comparecientes, como perpetradores o presuntos perpetradores y las víctimas.
La JEP se está convirtiendo en una suerte de potencia epistémica del conflicto porque todas las fuentes, todo lo que Colombia conoce el conflicto armado interno, tanto sociología, historia, antropología, actuaciones pasadas de la Fiscalía, de los jueces ordinarios, se condensa, se maneja, con técnicas importantes de control de información, y al mismo tiempo se van generando las versiones de aquellas personas que van a escoger, no la vía de una prisión de veinte años, sino también obtener beneficios; desde luego, una sanción de 8 años es inferior a una sanción de 20 años, naturalmente, pero esto supone enfrentarse a las propias víctimas, abrir su pasado, y eso no es una tarea fácil.
O sea, no estamos frente a frente con algo que sea banal. Por el contrario, yo siempre he señalado que cuando se producen esas versiones en las que los sujetos espontáneamente revisan su pasado hay un efecto catártico, pero hay algo que Foucault llamaría un efecto de Parresia, un hablar franco, un abrirse a la víctima, y eso, creo yo, supone un cierto coraje porque es otro sujeto que también busca una subjetividad distinta hacia el futuro y esto lo permite un procedimiento dialógico como el que se lleva a cabo en la JEP.
En muchos de estos casos, comentaba esta mañana, muchos sujetos, que han sido imputados en el pasado por la Fiscalía, o que tienen inclusive sobre sí condenas penales, cuando son explorados por jueces de la Jurisdicción y por las víctimas, terminan reconociendo que ellos no solamente fueron los victimarios de un crimen o de dos crímenes, sino que también ellos se llevaron a la otra vida a muchas otras personas.
Esto quiero decirles que son las virtualidades de unos mecanismos inéditos en la justicia penal colombiana y en la justicia penal internacional. Se han hecho imputaciones en el caso de secuestros de las Farc-EP, caso que ha sido recalificado como toma de rehenes y otras graves privaciones de la libertad, con más de 23 mil secuestros, como un control del territorio, un mecanismo de financiación y un mecanismo de canje que apareja desapariciones, homicidios y torturas, imputaciones que fueron aceptadas por la antigua cúpula de las Farc-EP.
Vamos a hacer un reconocimiento ya en audiencia formal, tal vez en diciembre, y se encamina entonces hacia una sentencia si se mantiene en esos mismos términos. También en relación con falsos positivos se ha comenzado a examinar batallón por batallón, unidad militar por unidad militar, y se ha encontrado que no se trataban de actos aislados sino de políticas sistemáticas y eso ha llevado también a imputaciones a varios militares.
Bien, hacia el futuro ¿qué estamos planeando en estos meses? Vamos a abrir frentes de investigación en el caso Farc-EP sobre métodos y medios de guerra, sobre control territorial y social, y sobre núcleos urbanos de las Farc-EP.
En relación con fuerza pública, nexos paramilitarismo – fuerza pública, y por esta vía estudiaremos si tenemos desplazamiento forzado, desaparición forzada, torturas y demás. Y, vamos a poner en marcha lo que he denominado el complejo restaurativo que son las medidas de reparación de las víctimas, a través de trabajos obras de contenido reparador unas de corte sancionatorio y otras de corte no sancionatorio.
Para finalizar, estos son los principios y me voy a permitir leerlos. Si lo hago aquí es realmente porque me han conmovido, como siempre, estos testimonios del exilio, y porque si bien atravesamos momentos difíciles, creo que este proceso de paz, conjuntamente con la Constitución de 1991, constituyen la única brújula que tiene la sociedad colombiana en el presente y hacia el futuro, y llegaron para quedarse.
Estos son los principios que nos guían y nos iluminan:
Primero. – Creemos en que una paz negociada como la nuestra es más justa que cualquier guerra, precisamente porque ninguna paz deja víctimas. Señalar los problemas de esta paz, para herirla o acabarla es distorsionar la verdad de la injusticia radical y el inmenso sufrimiento que imperaba antes de ella, por el conflicto al que le puso fin.
Segundo. – Sostenemos que las víctimas de cualquier violencia desatada después de la paz no pueden atribuirse al Acuerdo, si no se ha cumplido integralmente. Mientras haya incumplimientos, las nuevas violaciones probablemente se deben a esa omisión, que juzgará la posteridad.
Tercero. – Para luchar contra la impunidad de los peores crímenes, cometidos por sus máximos responsables, confiamos en las instituciones judiciales que esclarezcan los hechos e impongan castigos genuinos. Y para los demás actos, extendimos amnistías limitadas y condicionadas a que las personas aporten a la paz. Debido a ello, rechazamos propuestas de amnistías generales y perdones realmente incondicionados.
Cuarto. – Declaramos nuestro compromiso en trabajar por hallar la verdad sobre el horror cometido en estas décadas por todos los actores, no solo por algunos. Lo hacemos para que la verdad nos transforme y erradique la atrocidad del futuro. Pero hacemos pública la realidad de que en todos los frentes encontramos actos de negacionismo, y obstáculos de diversa índole para el esclarecimiento pleno de lo sucedido.
Quinto. – Buscamos a las personas dadas por desaparecidas, pues ninguna sociedad puede superar el juicio de la historia si no se hace cargo de aliviar, realmente, la angustia humana por la incertidumbre sobre el destino de un ser querido. Para el espanto del futuro, hemos experimentado, también en esto, hostilidad e intentos de presentar como espectáculos ficticios los esfuerzos de entrega de restos mortales, a familiares que desconocían el paradero de sus deudos.
Sexto. – Perseveramos en el objetivo de reparar integralmente a todas las víctimas. El Estado, la sociedad, y ante todo los victimarios se encuentran obligados a remediar el daño. Pero advertimos que ninguna reparación es genuina sin el rechazo absoluto de la historia de trasgresiones y de lo que las hizo posibles. No habrá reparación, si se recuerda el pasado de violaciones con orgullo, si se exaltan la vida y gestas de los criminales de guerra y lesa humanidad, si se elogia indiscriminadamente a quienes, por acción u omisión, propiciaron o convalidaron los vejámenes.
Séptimo. – Entendemos que el conflicto se alimenta de numerosos problemas sociales, políticos, económicos y culturales. Pero declaramos sin vacilación que los crímenes de guerra, lesa humanidad y genocidio no se explican por ellos. Se deben a la ignorancia, el olvido o el desprecio de los derechos humanos y de los límites humanitarios de la confrontación armada. Ninguna realidad distinta a esa puede invocarse con justicia para explicar el horror.
Octavo. – Somos conscientes del rechazo hacia ciertos tratamientos especiales pactados en el Acuerdo de Paz. Pero los defendemos porque eran necesarios para transitar del estado de injusticia radical, inherente a la guerra, hacia una etapa en la cual pudiéramos finalmente judicializar las peores formas de criminalidad. Sin Acuerdo de Paz, ¿quiénes pondrían hoy los muertos en la confrontación? ¿Y no habríamos acumulado centenares de otras víctimas en estos cinco años? Esas preguntas, por desgracia, se responden solas.
Noveno. – Creemos en que estos principios, moralmente sólidos, indican la única manera justa de superar el conflicto. Pero sabemos que realizarlos trae consigo un enorme peligro: el de desatar la reacción destructiva de quienes temen a la verdad y la justicia porque son responsables; en aquellos que rechazan la reparación puesto que niegan el dolor que les es atribuible; en los que les endilgan toda la responsabilidad a otros y no a su propia acción u omisión.
Décimo. – Pese a lo cual, hoy reafirmamos, con mayor fuerza si es posible, nuestro compromiso indeclinable en trabajar por estos principios y por el cumplimiento cabal del Acuerdo Final. Las personas del mañana podrán juzgarnos por ellos, y por las consecuencias de honrarlos, si se nos ofrece la oportunidad real de hacerlo. Lo que no puede ser, y tendrá que ser rechazado por las generaciones del porvenir, cuando escriban la historia de estos años, es que se nos impida actuar conforme a lo que creemos, que se torpedee la realización plena de lo acordado, que encontremos obstáculos y ataques a cada paso que damos, y que luego se crucifiquen nuestros principios y el Acuerdo como responsables de no haber salvado a la República de otro ciclo de horror. Ya sabrán, si una desgracia así sucede, que no fue por nosotros, sino a pesar nuestro, que algo así ocurrió, y quiénes fueron los responsables”.