La Corte Constitucional estudia de nuevo el tema por una demanda contra el artículo 106 del Código Penal, que trata del homicidio por piedad.
La Corte hace 24 años estudió la eutanasia como delito y dijo que en el caso voluntario de pacientes terminales no podría haber responsabilidades penales para el médico que los ayudara a morir.
Ahora una demanda del secretario de la juventud de Medellín, Alejandro Matta, y de Daniel Porras busca que se amplíe este artículo para personas en situaciones extremas por enfermedades o lesiones graves e incurables no terminales, y que los médicos que los asistan no se expongan a tener que pagar cárcel.
En la demanda que estudia actualmente la Corte Constitucional por violación a la igualdad, cita las palabras de la Corte en las que dice que: “El derecho a la vida no puede reducirse a la mera subsistencia, sino que implica el vivir adecuadamente en condiciones de dignidad. (…) El derecho fundamental a vivir en forma digna implica entonces el derecho a morir dignamente”.
A esta postura se une el Colegio Médico Colombiano, que pidió a la Corte anular el delito por considerar que cuando a un enfermo crónico no terminal se le niega la eutanasia, “no solo se viola su derecho a la muerte digna, sino el derecho de recibir la solidaridad y la compasión de los suyos, de su familia y de quienes lo quieren y lo cuidan”. También la facultad de Derecho de la Universidad Externado.