Imponen compensaciones ambientales a Enel-Emgesa, por concesión de aguas en la cuenca del río Bogotá

La empresa generadora de energía Enel-Emgesa, deberá ejecutar las actividades correspondientes a la compensación ambiental, por el uso de las aguas derivadas de ocho fuentes hídricas en la cuenca del río Bogotá, para la generación de energía a partir de la concesión otorgada por la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR). Esto, luego de que fuera modificada y ampliada la resolución inicial mediante la cual se otorgó dicho permiso, correspondiente al término de la misma, y se establecieran, entre otras obligaciones, la presentación de un plan de compensaciones.

El plan de compensaciones se calculó sobre 3.974,77 hectáreas, enmarcadas en programas de restauración, recuperación y manejo de humedales, reforestación, conservación de áreas de importancia hídrica, abastecimiento hídrico y rehabilitación de la ronda del río Bogotá.

Las acciones derivadas de la implementación de este plan impuesto se deberán ejecutar al corto, mediano y largo plazo, en los cuales deberá proyectarse un porcentaje de inversión de la siguiente forma:

La concesión de aguas superficiales otorgada por la CAR a Enel-Emgesa, está derivada de las fuentes hídricas quebrada El Rodeo (Soacha- Central Canoas), quebrada Obasas (San Antonio de Tequendama- Central El Salto), quebrada Vitelma (San Antonio de Tequendama – Central El Salto), quebrada Santa Marta (El Paraíso), quebrada La Junca (Darío Valencia), río Tominé (Embalse Tominé Guasca), río Bogotá (Termozipa, Canoas, El Salto, Laguneta, Darío Valencia, El Paraíso, La Guaca, El Colegio) y río Muña (El Paraíso).

«Estas medidas tienen como objetivo resarcir los impactos ambientales de proyectos, obras o actividades que conlleven pérdida de biodiversidad en las áreas intervenidas que no pudieron ser evitados, corregidos o mitigados en el ejercicio de la concesión y sin duda serán de gran beneficio ecosistémico para la cuenca del río Bogotá, garantizando el abastecimiento hídrico en la misma y, sobre todo, el sostenimiento de la ejecución de dichas acciones en el tiempo, ya que deben ser ejecutadas teniendo un horizonte para su cumplimiento al 100 % en el año 2037; también es necesario agregar que para monitorear el estrico cumplimiento y ejecución de las mismas, se integrará un equipo técnico  especial por parte de la Corporación”,  señaló Camilo Ferrer, Director Jurídico de la CAR.

En los próximos dos meses, Enel-Emgesa deberá presentar ante la CAR, un documento donde se indique la Implementación del Plan de Compensaciones establecido, resaltando la adopción del cronograma, plan de inversiones, programa de monitoreo y seguimiento a los indicadores, con el respectivo análisis de riesgos y adicionalidades.

Julio 20 de 2020